El permiso internacional español lo expide la DGT, y una gestoría colegiada puede tramitarlo e imprimirlo gracias al acuerdo entre la DGT y el Consejo General de Gestores Administrativos de 8 de julio de 2019. Por eso una gestoría puede enviártelo a casa y la DGT no. Aquí separamos lo que dice la norma de lo que no está escrito en ningún sitio oficial.

El Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009) dedica sus artículos 31 a 33 al permiso internacional:
Puedes leer el texto consolidado en el BOE. Más contexto en el Real Decreto 818/2009.
Sí. El Consejo General de Gestores Administrativos y la DGT firmaron el 8 de julio de 2019 un acuerdo que permite a las gestorías administrativas colegiadas tramitar e imprimir permisos internacionales. Es decir, la gestoría no solo presenta la solicitud: puede entregar el cuadernillo impreso.
Eso explica algo que confunde a mucha gente: la DGT no envía el permiso internacional a domicilio, pero una gestoría colegiada sí puede hacértelo llegar por correo certificado. El documento es el mismo que darían en ventanilla.
El Convenio de Ginebra de 1949 reserva la expedición del permiso internacional a la autoridad de cada país o a quien esta habilite. España es Parte de ese convenio. De ahí se deducen dos cosas:
El interesado puede pedirlo él mismo o mediante un representante. En la vía online, la DGT tiene un Registro de apoderamientos con el trámite «Permiso internacional de conducción»; en la presencial, se usa el modelo 24 «Otorgamiento de representación», gratuito y firmado por el titular. Lo explicamos en apoderamientos de la DGT y modelo 24.
No. La tasa 4.5 de la DGT es de 10,51 € (2026) en cualquier caso; lo que cobre una gestoría por su trabajo es aparte. El cuadernillo es el mismo: 16 páginas, 106 × 143 mm, datos en ocho idiomas, modelo del anejo 10 del Convenio de Ginebra. Y vale lo mismo: un año, junto al carnet español, fuera de España. Compara opciones en DGT o gestoría.
Según la opción que elijas, lo gestiona nuestro equipo o una gestoría colegiada con convenio con la DGT: si lo recoges en la Jefatura, preparamos y presentamos la solicitud; si lo quieres en casa, lo imprime y envía la gestoría colegiada. No somos la DGT ni tenemos relación con ella.
| Quién | Tramitar | Expedir o imprimir | Enviar a casa |
|---|---|---|---|
| DGT (Jefaturas y Oficinas de Tráfico) | Sí | Sí | No |
| Gestoría administrativa colegiada (acuerdo 8/7/2019) | Sí | Sí, imprime | Sí |
| Representante con modelo 24 o apoderamiento | Sí, en tu nombre | No | No (recoge por ti) |
| Consulado o embajada de España | No | No | No |
| Webs extranjeras de «permisos» online | No | No: no son autoridad | Envían un documento sin valor |
Las dos vías llevan la tasa oficial incluida y ninguna te obliga a pedir cita.
Si vives lejos o viajas ya, elige la otra vía.
Lo quiero para recogerTe confirmamos el plazo de entrega al encargarlo, según tu provincia.
Lo quiero en casaElige el país y te decimos al momento si te hace falta, si es recomendable o si allí no sirve ni el internacional. 195 países, revisados con los convenios de la ONU y la lista de la DGT.
No. Es el mismo cuadernillo oficial; la gestoría colegiada lo tramita e imprime por el acuerdo con la DGT.
Es un acuerdo entre la DGT y el Consejo General de Gestores Administrativos de 8 de julio de 2019. Si necesitas el detalle, pregúntanos.
No. Los requisitos del artículo 32 del Reglamento son los mismos lo tramite quien lo tramite.
Sí: en la sede electrónica con certificado digital o en ventanilla con cita previa. La gestoría es una opción, no una obligación.
Escríbenos por el chat. Si eliges la vía a casa, lo imprime y envía una gestoría colegiada con convenio con la DGT.
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